martes, 21 de abril de 2015

¡Uyyy! Tenemos alguna subvención a la contratación


Hoy quiero informarte de nuevas subvenciones de la Comunidad de Madrid a la contratación, por eso os invito a nuestro seminario del día 22 abril, que trataremos temas como el que a continuación os detallo.





Subvenciones a la contratación Comunidad de Madrid

Programa de Incentivos a la contratación de trabajadores desempleados (2015) 

Fecha límite de solicitud: 15 junio de 2015 

Requisitos generales de empresa
  • Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social 
  • El centro de trabajo o el domicilio social y fiscal radicado en la Comunidad de Madrid. 
  • Empresas privadas, sin participación pública. 
  • Mantenimiento de la contratación es de 12 meses 
  • Si la persona contratada no continua, hay un plazo de un mes para sustituir al trabajador, cumpliendo los requisitos 
Requisitos generales de los trabajadores contratados 
  • Contratos indefinidos inscritos como personas desempleadas en el INEM de la Comunidad de Madrid, al menos un mes ininterrumpido. Se subvencionará con un importe de 4.000 euros cada contrato a tiempo completo. 
  • Conversión de contrato de duración determinada, en prácticas o para la formación y el aprendizaje en indefinido, en cuyo caso ha de tratarse de trabajadores que desarrollen su actividad en la Comunidad de Madrid. Se subvencionará con un importe de 4.000 euros cada contrato a tiempo completo.
  • Se incrementará en 1.000 euros cuando sean realizados a trabajadores mayores de 45 años.
  • En los supuestos de contratación a tiempo parcial, el importe de la subvención se reducirá proporcionalmente en función de la jornada establecida. 
Es imprescindible ver si cumples todas las condiciones

Os dejo el enlace de todos los requisitos y documentos a entregar para la solicitud


Además existen otras dos subvenciones para trabajadores inscritos en el Sistema de Garantía Juvenil o personas discapacitadas. 


Las trataremos también el día 22 de abril en nuestro seminario.

¡Estaremos encantados de contar contigo!

viernes, 17 de abril de 2015

¡Horror contrato laboral mal hecho! Más costes para la empresa

Esta situación no quiero que os ocurra, por eso os invito a nuestro seminario del día 22 abril, que trataremos temas como el que a continuación os detallo. Inscribete aquí








Tengo un nuevo cliente y al realizar como siempre una auditoria laboral, encuentro que hay un contrato eventual, con un motivo incorrecto.

Realiza un contrato por circunstancias de la producción, indicando como causa: “tareas propias de programador”

¡HORROR!

Os recuerdo, que significa el contrato de circunstancias de la producción.

La legislación nos dice literalmente: Este contrato tiene como finalidad el atender las exigencias circunstanciales del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos, aun tratándose de la actividad normal de la empresa.

Podéis entender que el motivo de este contrato no es correcto.

Este ejemplo de contrato, no indica que hay exigencias del mercado, ni acumulación de tareas ni exceso de pedidos, solo está describiendo sus funciones.

Constantemente clientes me indican “todo el mundo hace contratos de 6 meses”, por qué yo no lo puedo hacer.

Porque hay que hacer los contratos bien. Para no tener problemas. Que no sean en fraude de ley.

¿Cómo hubiera sido un contrato correcto?

Primero, preguntar al empresario que necesita. Cómo es el puesto, cuánto tiempo, cuál es la razón.

Hay muchas preguntas y respuestas antes de hacer un contrato.

Es probable que este cliente necesite a un programador, porque un cliente le solicita de forma excepcional la actualización de un software. Trabajo que aproximadamente durará 7 meses.

Este podría ser un motivo correcto para realizar un contrato de circunstancias de la producción.

En el caso inicial que os comentaba donde el motivo es incorrecto, supone que el contrato está realizado en fraude de ley y por tanto el contrato se convierte directamente en indefinido.

Seguro que no deseas que te ocurra algo así.

En el seminario gratuito del 22 de abril del 2015, trataremos los puntos más importantes de los contratos, sus costes implícitos y la importancia de incluir clausulas adicionales.



martes, 7 de abril de 2015

¡Utilizar cláusulas adicionales en el contrato es una ventaja¡ No utilices solo el modelo oficial




Después de la complicada tarea de decidir cuál es el contrato adecuado para el próximo trabajador, es muy probable que no te plantees que puedes incluir cláusulas adicionales al contrato que deje todo más claro para ambas partes.

Eres empresario, por lo que hay que tener en cuenta que no exista abuso de derecho. Cualquier cláusula siempre deberá estar definida de forma objetiva, clara, especifica, real, medible, factible, definida en el tiempo, puntos esenciales de cualquier objetivo y norma laboral.

Os comento un extracto de posibles cláusulas que se pueden incluir en el contrato:

1 Concurrencia desleal. Un trabajador no puede realizar prestación laboral para diversos empresarios si se estima concurrencia desleal, que se determina por los siguientes puntos:
  • Coincidencia o similitud de actividad
  • Las actividades se desarrollen en un mismo periodo de tiempo.
  • No contar con el consentimiento expreso del empleador.
  • La actividad paralela suponga un daño o perjuicio para el empresario.
1 Pacto de plena dedicación, no es posible la prestación laboral para varios empresarios, si se pacta con uno de ellos un pacto de plena dedicación que debe ser compensado de forma expresa económicamente.

1 Pactos de no competencia postcontractual, es de aplicación una vez extinguido el contrato de trabajo, si se firma en contrato, tenga una compensación económica adecuada y el trabajador tenga un interés industrial o comercial.

1 Pactos de permanencia en la empresa, es posible fijar este tipo de cláusula en casos los que se ha recibido una formación que suponga una especialización profesional, a cargo de la empresa. No podrá ser superior a 2 años y si no se cumple será el empresario indemnizado

1 Pactos de confidencialidad, de vital importancia mantener la confidencialidad del know-how, activos, clientes, productos, estrategias, métodos de trabajo,… 

1 Cláusula de productividad o retribución variable, fija el rendimiento mínimo o ventas deseadas, que de una forma objetiva se le requiere al trabajador. Cláusula muy conflictiva sobre todo en los juzgados, ya que necesita elaborarse muy bien y tener una comparativa

1 Cláusula de propiedad intelectual, para las creaciones originales literarias, artísticas o científicas expresadas por cualquier medio o soporte, tangible o intangible, actualmente conocido o que se invente en el futuro de Propiedad Industrial.

1 Cláusulas resolutorias, como puede ser por perder el carnet conducir, permiso de trabajo,… situaciones necesarias para elaborar su trabajo.

Además es necesario analizar las funciones del trabajador y profundizar en las condiciones de cada cláusula.

Si quieres preguntar por alguna de ellas, no dudes en contarme tu caso.

Además en nuestro próximo seminario gratuito sobre contratación, hablaremos entre otras cosas, de las cláusulas contractuales 

“Ahorra en costes contratando bien”




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