jueves, 21 de noviembre de 2013

¿Beneficio o perjuicio?. El criterio de caja en el IVA

Es de aplicación a partir del 01-01-2014 de forma voluntaria comunicándolo a la Agencia tributaria en el mes de diciembre del 2013.

Requisitos:

Volumen de operaciones del año anterior menor de  2       millones de euros.


No tener cobros en efectivo con el mismo destinatario de más de 100.000 euros anuales.

Este sistema se prorroga cada año, si deseas cambiar tienes que comunicarlo antes de terminar el año. En este caso no podrás volver al criterio de caja hasta después de 3 años.

También es posible la exclusión si se deja de cumplir los requisitos.

Hay que cumplir los tres puntos siguientes: